NOTICIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN JUAN

  • Información publicada por: Fabián Rojas
  • Fecha 13/03/2023

Coyuntura política - judicial

Proscripción o no: voces desde la UNSJ

Tres politólogos ofrecen sus visiones acerca del escenario que se plantea a partir de la condena a la Vicepresidenta de la Nación.

Ya en diciembre de 2022 el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 había condenado a la vicepresidenta Cristina Fernández a seis años de prisión y a inhabilitación para ejercer cargos públicos. Pero la condena no está firme hasta que se agoten todas las instancias de apelación previstas y, mientras tanto, sobre todo luego de la emisión de los fundamentos hace días por parte del TOF 2, cobró gran fuerza la idea de proscripción de la funcionaria nacional.

"No es una proscripción"

La proscripción significa que se prohíbe participar de la vida política. “En este caso se ha empezado a hablar de la proscripción a Cristina. Técnicamente no es una proscripción porque, mal que le pese a muchos o no quieran entenderlo, fue juzgada. Podemos estar de acuerdo o no sobre que le hayan dado una pena pero, dentro de la institucionalidad, hay una división de poderes y el proceso se cumplió de acuerdo al procedimiento que garantiza la Constitución Nacional. Pero ella puede apelar”, sostuvo Juan Quijano, subdirector del Departamento de Ciencias Políticas de la Facultad de Ciencias Sociales (FACSO) de la UNSJ. “Está condenada y no puede participar. La única manera en que Cristina pueda participar de la elección es que el Presidente Alberto Fernández le otorgue el indulto”, dijo.

Sobre la proscripción en la historia reciente, Quijano consideró la que sufrió el peronismo, la cual ejecutó la autodenominada “Revolución Libertadora”, que asaltó el poder democrático en 1955. “Luego de ese derrocamiento de Perón, no se dejó al justicialismo participar de la elección de 1958. Eso sí fue una proscripción”, remarcó Juan Quijano.

"Una manifestación política"

El politólogo Aníbal Gutiérrez, ex docente de Ciencias Políticas, subrayó que la sentencia no está firme y que el recurso que queda para que la Vicepresidenta pueda participar de la elección, además de su propia decisión, es que haya “una manifestación política de la sociedad, del pueblo como sujeto consciente, de una voluntad política para sostener ese liderazgo”. “Pero este recurso está teniendo una fuerte debilidad de toma de conciencia política acerca de lo que está pasando”, agregó.

"Una predisposición a sancionar" 

“La categoría ‘proscribir’ tiene, en principio, dos acepciones: una alude a toda acción que introduzca de manera implícita o encubierta barreras que impidan la participación política de un ciudadano o de un grupo de ciudadanos. También está el término ‘proscripción’ desde lo específico, lo jurídico, desde el derecho escrito, que es cuando explícitamente se expresa en un acto legal el impedimento para participar de una elección”, explica el politólogo de la FACSO Oscar Riveros. En el caso actual, dice, se daría la primera categoría. “Estaría dado el hecho de que hay una predisposición de parte de los tomadores de decisión, desde hace un tiempo prolongado hasta ahora, de sancionar a la Vicepresidenta de alguna manera. A priori ya se la condenó, siempre se la estigmatizó en los medios de comunicación, en la voz de dirigentes de la oposición y en los miembros del Poder Judicial. Ninguno de ellos se ha guardado el derecho a dudar, siquiera, de si podía llegar o no a ser culpable. Pero indirectamente es una proscripción desde el derecho escrito también, porque al condenarse por causas judiciales automáticamente la están inhibiendo de toda acción política”.

Riveros indicó que ahora están abiertas las vías de apelación de la defensa de la Vicepresidenta ante las otras cámaras judiciales. “Esto llevará un tiempo. Una vez que las cámaras se expidan, se activa el derecho que tenemos todos los ciudadanos de ir a una tercera instancia que es la Corte Suprema de Justicia y, a posteriori, puede ocurrir que haya reclamos a cortes internacionales. Cristina sí podría presentarse a la elección este año, en tanto y en cuanto no está la condena firme”.

Desde allá

El politólogo también rememoró que en el Siglo XX no sólo hubo dieciocho años de proscripción del peronismo: “Debe recordarse la proscripción no sólo para el peronismo sino para todos los partidos políticos en la dictadura entre 1976 y 1983”. Aparte, en la denominada Década Infame, en los años ’30 del siglo pasado, “además de haber corrupción electoral, había proscripción: había fuerzas de la izquierda y radicales impedidas de participar electoralmente”, señaló Oscar Riveros.